Introducción.
En éste trabajo se dará a conocer la gran importancia que tiene un documento que ya es habitual entre todos nosotros, y que en muchas veces les restamos la gran importancia que nos refiere su uso, cuidado y transporte continuo entre nuestras pertenencias.
Además, se podrá observar la evolución de este documento, el cual se ha ido adecuando y transformado a los tiempos y tecnología que nos brindan cada día.
Porque para crear, adquirir, realizar o hacer uso de cualquier documento mercantil (facturas, dar boletas, comprar un bien, etc.) nuestro país le asigna a cada ciudadano y extranjero un número, con el cual es identificado a lo largo de todo nuestro territorio nacional.
La Cédula de identidad, también conocida como carné o carnet de identidad, debe estar en posesión de toda persona mayor de 18 años residente en el país.
La CI tiene un Rol Único Nacional (RUN) asignado a todo persona (nacional o extranjera) que está inscrita en el Registro Civil.
Historia.
En julio de 1884, bajo el Gobierno de Don Domingo Santa María y con Don José Manuel Balmaceda como Ministro del Interior, se publica la Ley sobre Registro Civil.
Con lo cual el 1 de enero de 1885, comienza a funcionar en todo el país las primeras oficinas de registro civil, a cargo de una oficina civil.
Con ella se crea el cargo de Oficial de Registro Civil, a quien se le encomienda llevar por duplicado el Registro de Nacimientos, el Registro de Matrimonios y el Registro de Defunciones. En esos libros quedan plasmados los datos de estos tres sucesos fundamentales que se relacionan con la constitución legal de la familia.
Esta Ley sobre Registro Civil, que forma parte de las llamadas Leyes Laicas, conforma un cuerpo legal bastante adelantado para su época, pues desarrolla los espacios fundamentales de una Ley orgánica moderna al contemplar la estructura funcional y territorial del Servicio. Además establece normas relativas al personal, al control y a la fiscalización.
Muchas otras tareas le han encomendado las leyes al Servicio de Registro Civil e Identificación a lo largo de sus 125 años de existencia, conformando hoy día un conjunto de funciones estratégicas para el cumplimiento de algunos de los fines más gravitantes del Estado.
Con la evolución del rol del Estado en lo económico, social, político y cultural, el Servicio de Registro Civil debió asumir nuevas funciones de enorme relevancia para la sociedad.
Un ejemplo de ello es
Ø El 7 de octubre de 1924, Se publica el Decreto Ley Nº 26 que establece el Servicio de Identificación Personal Obligatorio y el Decreto Nº 102, que crea el Servicio de Identificación y Pasaporte.
Ø El 18 de octubre de 1925, se publica el Decreto Ley N° 645 que crea el Registro General de Condenas, que surge vinculado a la Identificación, es decir a la necesidad de establecer con certidumbre y rigor la individualidad jurídica de las personas y de consignar sus antecedentes.
Tras iniciarse este proceso de diversificación de funciones, el 10 de febrero de 1930 se dictó una nueva Ley de Registro Civil (la N°4.808, cuerpo legal aún vigente) destinada a regular con mayor prolijidad y rigor lo relativo a nacimiento, matrimonio y defunción de las personas.
Ø El 28 de Agosto de 1930 se publica el Decreto con Fuerza de Ley N° 2.128, que aprueba el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, vigente actualmente, que establece las funciones que deben cumplir los Oficiales Civiles, los requisitos para crear o suprimir circunscripciones, la forma en que deben practicarse las inscripciones y los distintos Registros, entre otros aspectos.
Ø Luego, en 1943, el Servicio de Registro Civil absorbe las tareas del Servicio de Identificación, hasta ese momento bajo la responsabilidad de la Policía de Investigaciones.
Comienza así una larga y difícil etapa de integración y de adecuación de estructuras que recién culmina en un claro proceso de unificación en 1980, al producirse las últimas fusiones de las oficinas de Identificación y las oficinas de Registro Civil, llamándose en lo sucesivo Oficinas de Registro Civil e Identificación.
Ø A partir de 1980 comienza a introducirse el uso de equipos computacionales.
Ø El 28 de agosto de 1999, se publica la Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada , que en su Artículo 22, crea el Registro de Bancos de Datos Personales a cargo de Organismos Públicos.
Ø En la década de los 90 se impulsa la incorporación de la tecnología y también se contempla el rediseño de procesos, la aceleración de trámites y, como consecuencia de ello, la disminución de los tiempos de tramitación, en una clara orientación hacia la satisfacción de los usuarios.
Ø En especial entre los años 1997 y 2002, la adopción de tecnologías de punta, el establecimiento de una amplia red computacional que enlaza al 90% de las Oficinas y el desarrollo de sistemas modernos de atención al público, han determinado que nuestro Servicio sea hoy el mejor evaluado de todos los servicios públicos.
Ø El 9 de septiembre del 2002, entra en vigencia la nueva Cédula de Identidad para chilenos y para extranjeros residentes, basada en el Nuevo Sistema de Identificación, con posibilidad de lectura mecanizada y ajustada a estándares internacionales
Contamos actualmente con 350 oficinas conectadas a nuestra red corporativa de datos en todo el país.
En esta etapa actual, el uso inteligente y exhaustivo de tecnologías modernas ha tenido exitosos resultados que incluso han trascendido las fronteras de nuestro país. Sin embargo, los altos niveles de desempeño como Servicio Público sólo han sido posibles gracias al rol protagónico que la Dirección Nacional ha dado a todas las personas de la Organización, quienes, con su compromiso y entusiasmo hacen que todos estos recursos se expresen en una atención de calidad, amigable y colaboradora con la ciudadanía.
Inscripción de nacimiento
En donde todos los nacimientos ocurridos en Chile deben inscribirse en la oficina de registro civil e identificación que corresponda a la circunscripción donde ocurrió el parto.
Quien solicite la inscripción (padre, madre u otra persona)) concurrirá a dicha oficina con los documentos que en cada caso se mencione e informará al oficial civil los datos personales de los padres. No es necesaria la presencia del niño o niña cuya inscripción se solicita.
También es posible requerir la inscripción de nacimiento en cualquier oficina de registro civil e identificación, cuando existan dificultades para hacerlo en la que corresponda. En este caso, la inscripción se efectúa por medio de una solicitud escrita, que será remitida al oficia civil correspondiente.
Efectuada la inscripción, en todos los casos se extiende un certificado de nacimiento, documento que prueba el estado civil de una persona, de acuerdo con la legislación chilena. En el caso de la inscripción también se asigna el Rol Único Nacional (RUN).
Este es un número exclusivo para cada persona que será el de su Cédula de identidad, cuando la solicite, y que además la identificará en múltiples actos jurídicos y administrativos a través de su vida.
La Cédula de Identidad.
Obtención; Toda persona mayor de 18 años, residente en el país, tiene la obligación de estar en posesión de su cédula de identidad vigente y en buen estado.
Para obtener este documento por primera vez, el interesado mayor o menor de edad debe solicitarlo en Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación, para lo cual debe;
Ø Revisar la exactitud de los datos registrados en la solicitud.
Ø Cancelar el valor del documento.
El plazo máximo de tramitación de una solicitud de Cédula nacional de identidad, es de 11 días hábiles.
Renovación;Ya sea por fin de vigencia, extravío u/otra causa, el procedimiento es similar al de la primera obtención. En este caso, al obtener su C.I., los documentos emitidos con anterioridad quedan bloqueados definitivamente.
La persona que desee que en su C.I. aparezca su título profesional, en caso de no estar inscrita en el Registro de Profesionales a cargo del servicio, deberá acompañar una fotocopia del certificado de su título, debidamente autorizada ante Notario.
El plazo máximo de la tramitación de una renovación de C.I. es de 11 días hábiles.
Cédula de Identidad para Extranjeros.
Todos los extranjeros mayores de 18 años, residentes en el país, titulares de visa o de permanencia definitiva, están obligados a obtener su C.I para extranjeros dentro de los 30 días siguientes a la fecha de entrega del certificado de permanencia definitiva o desde que se estampa en el respectivo pasaporte la correspondencia visa.
Esta obligación rige también para los titulares de la “Tarjeta de Trabajador Temporario”, o “De Temporada”, otorgadas de acuerdo con el Convenio Nacional Chileno-Argentino suscrito entre ambos países.
También pueden obtener la C.I. para extranjeros los menores de 18 años, titulares de algún tipo de visación o de la permanencia definitiva, sin que este trámite les sea obligatorio. Con todo, estarán obligados a hacerlo dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que cumplan tal edad.
No se otorgará C.I. para extranjeros al titular de una visa de residente oficial. Sin embargo, podrá obtenerla acompañando en su cédula, la autorización otorgada por la Dirección del Ceremonial y Protocolo del Ministerio de Relaciones Extranjeros en tal sentido. Tampoco se otorgará C.I. para extranjeros a los titulares de una tarjeta de Turismo o de tripulantes.
Algunos formatos de cédulas de identidad.
Algunos de los documentos creados por el Registro Civil de identificación, en donde se encomienda llevar por duplicado el Registro de Nacimientos, el Registro de Matrimonios y el Registro de Defunciones.
Cédula de identidad de los 1940, hasta 1949.

En donde se pueden apreciar algunos antecedentes, como;
Ø Fecha de nacimiento.
Ø Nacionalidad.
Ø País en donde nació.
Ø Provincia.
Ø Pueblo.
Ø Estado civil.
Ø Profesión.
Ø Servicio militar.
Ø Altura, lee, escribe.
Ø Domicilio.
Ø Observación.

Una escritura en la cual expone;
NOTA: Éste documento solo acredita identidad. No acredita buenos ni malos antecedentes.
El carnet de identidad será documento suficiente para probar la identidad del individuo en todos los actos públicos o privados en que sea presentado (Art. 6 del dcto. Ley N° 26).
Comete delito quién hiciere este documento raspaduras o enmiendas, o sin ser funcionario competente en él cualquiera anotación, circunstancia que lo vicia de nulidad, debiendo ser rechazado y retirado si fuere presentado ante alguna autoridad.

Además de una sola estampilla, con el escudo nacional.
Ø Revalidado en el Gabinete de identificación…..
Hasta el ….. de ….. de 199…
……… …….de ….. de 199…
La firma del Jefe del Gabinete y el espacio para el Impuesto.
Cédula de identidad de 1950.

En éste se puede apreciar algo similar;
Ø Fecha de nacimiento.
Ø Nacionalidad.
Ø País en donde nació.
Ø Provincia
Ø Región
Ø Estado civil.
Ø Profesión
Ø Servicio militar.
Ø Altura, lee, escribe.
Ø Señas o marcas particulares.

En la hoja que le sigue, ya no viene la nota descriptiva, sino que otros datos, como lo son;
Ø Revalidado en el Gabinete de identificación.
De…..
Válido hasta el … de … de 199…
…… de ………………... de 199…
Ø Inscripción electoral.
Documento….
Comuna a subdeligencia……
Sección…
Número de registro…..
Fecha de inscripción….
Observación a la inscripción electoral……

Cédula de identidad plastificada.
Ésta cédula de identidad es reforzada con una plastificación para evitar su adulteración, fue creada después de los años 60´, la cual duró mucho tiempo, hasta la creación del nuevo sistema de identificación biométrica, con la cuál Chile quedaría a la vanguardia con los otros países en el mundo.


En ésta cédula de identidad, los datos requeridos eran;
Ø RUN.
Ø Nombre (completo).
Ø Firma.
Ø Fecha de nacimiento.
Ø Registro de inscripción.
Ø Profesión.
Ø Fecha vencimiento para..
Ø Impresión dactilar.
Cédula de identidad actual desde el 2002.

Sus características físicas son una lámina de plástico única de polimérico e impresión láser.
Entre sus bondades resaltan la resistencia al doblado, temperaturas altas, químicos y agua, y no permite la adulteración sin que se dañe el documento lo cual es visible ante una inspección.
Luego que en el 2002 se implantara la nueva tecnología a las CI de estándar mundial, se destacan entre sus características el bloqueo automático de la cédula en caso de robo, hurto o extravío por medio de Internet o telefónicamente, lectura electrónica debido al código de barras que posee, y a su multiuso como pasaporte, ya que permite a una persona ingresar a los siguientes países suscritos al libre paso mediante cédula: Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Uruguay, Perú, Bolivia y México.
El sistema utilizado en ésta cédula de identidad es el “Sistema AFIS”. El cuál es un sistema computarizado que permite la identificación rápida y confiable de personas que tengan antecedentes personales, se cuenta con una base de datos proporcionado por los archivos tradicionales de identificación.
Tanto en; Registro civil, Carabineros, PDI, Gendarmería.
Ø Dactilar
Ø Nominal (con los nombres y sobre nombres “alias”)
Ø Fotográficos
Ø ADN
Las ventajas del sistema computarizado en relación con el sistema tradicionales enumeran a co
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